lunes, 19 de abril de 2010

PAGARES


El pagaré es una forma de pago, o forma de conseguir recursos financieros, consistente en un documento que especifica el acuerdo en el cual una persona o empresa, se compromete a realizar un pago en una determinada fecha. Los emisores o receptores de pagarés pueden ser empresas, particulares, u organismos de las administraciones.

Al igual que los cheques, los pagarés pueden ser al portador o nominales. Los pagarés pueden ser transferidos, es decir, transmisible la deuda o derecho de cobro.

Los pagarés son conceptos similares a las letras de cambio. La diferencia entre pagarés y las letras de cambio, está en que mientras en el pagaré el emisor es el deudor, en la letra de cambio el emisor es el acreedor.

Los agentes que intervienen en un pagaré son los siguientes:
a) El que emite el pagaré. Es el deudor.
b) El que recibe el pagaré, o tenedor. Es el beneficiario del pago.
c) El avalista. El que garantiza el pago.


Los datos obligatorios, que como mínimo, deben de figurar en el documento para que estos estén legalmente reconocidos como pagarés, son los siguientes:

- Indicar que el documento es un pagaré.
- La fecha en la que deberá abonarse la cantidad (Fecha de Vencimiento).
- Cantidad que deberá de pagarse.
- Lugar físico donde será realizará el pago.
- Nombre e identificación de la persona que debe de realizar el pago (El emisor del pagare o deudor).
- Fecha y lugar del libramiento.
- Firma del emisor del pagaré (el deudor).

.

No hay comentarios:

Publicar un comentario